Entra en vigor la Ley Orgánica 1/2019, de 20 de febrero, con el objeto de la transposición a nuestro ordenamiento de varias Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo, entre las que destacan:
• Abuso de mercado:
− Se sancionarán las acciones que de manera intencionada hagan uso de información privilegiada como son:
1. La comunicación ilícita de dicha información.
2. La manipulación del mercado.
• Medios comisivos:
− Incurrirá en delito el uso de la tecnología de la información para alteración de precios.
− Además, se incorpora un agravante cuando el autor del delito fuera:
1. Trabajador de una empresa de inversión.
2. Una entidad de crédito.
3. Una autoridad supervisora o reguladora.
4. Una entidad rectora de mercados regulados.
Con la intención de extender el régimen a cualquier mercado.
• Lucha contra el terrorismo:
− Modificación art 572 y 573 CP:
1. Se incrementa la pena máxima a los dirigentes de un grupo terrorista.
2. Se incluye la falsedad documental y los viajes con fines terroristas.
• Fraude Financiero:
− Ampliación del concepto de funcionario público, entendiéndose como, “cualquier persona a la que se haya asignado y que esté ejerciendo una función de servicio público que consista en la gestión, en los Estados miembros o en terceros países, de intereses financieros de la Unión Europea o en tomar decisiones sobre esos intereses”, en materia de comisión de delitos de cohecho y malversación.
• Fraude de subvenciones:
− Los fondos públicos nacionales, autonómicos o locales pasan a tener la misma protección penal que los europeos, ahora a partir de los 10.000 euros, el fraude constituirá en delito, lo que implica la perdida de obtención de subvenciones y el derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales durante el periodo de 6 meses a 2 años. Además de la prohibición administrativa de concurrir a concursos.
− Por otro lado, se ha rebajado el umbral de los delitos graves a 100.000 euros.
• Lucha contra la corrupción:
− Se especifican las conductas de corrupción en el ámbito privado y de jurados y árbitros tanto en el ejercicio de sus funciones públicas como privadas.
Ante cualquier duda o consulta sobre como puede afectarle este nuevo panorama, en Grupo HOB estamos a vuestra disposición para resolver todas y cada una de ellas.
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https://www.expansion.com/juridico/opinion/2019/03/12/5c87a48622601dd14e8b461c.html
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