Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
- Ampliación del permiso por paternidad: hasta las 12 semanas en 2020 y hasta las 16 en 2021.
- Recuperación de la financiación de las cuotas del convenio especial de los cuidadores no profesionales.
- Extensión del permiso por lactancia para ambos progenitores: tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo hasta que el hijo cumpla los 9 meses o acumularlas en jornadas completas que podrán disfrutarse de forma simultánea pero que no son transferibles. Además, podrá extenderse hasta que el lactante cumpla doce meses, con reducción proporcional del salario a partir del cumplimiento de los nueve meses.
- Nueva prestación para ejercicio corresponsable del cuidado del lactante, con efectos de 08/03/2019, que cubrirá la reducción de salario en caso de que los progenitores se beneficien de la reducción de jornada por cuidado del lactante de los 9 a los 12 meses.
- Personas trabajadoras autónomas: bonificación de cuotas, modificación de las denominaciones «descanso por maternidad, paternidad» por «descanso por nacimiento» y «trabajadores autónomos» por «personas trabajadoras autónomas» en consonancia con la unificación de prestaciones y principio de igualdad.
- Planes de igualdad, más contenido obligatorio y obligación de registro: se crea un Registro de Planes de Igualdad de las Empresas, que se desarrollará reglamentariamente.
- Nuevo concepto en el ordenamiento jurídico: «trabajo de igual valor»
- Obligación de registro de salarios: El empresario está obligado a llevar un registro con los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de su plantilla, desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor.
Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. – Boletín Oficial del Estado de 12-03-2019
Índice de contenidos
Medidas de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo:
A partir del 12 de mayo de 2019, la empresa ha de «garantizar» el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que pueda existir en la empresa.
Medidas de fomento del empleo indefinido:
• Conversión de contratos eventuales de trabajadores agrarios en contratos indefinidos o contratos fijos-discontinuos. Bonificación por la contratación laboral de personas desempleadas de larga duración. Se introduce una bonificación por la contratación laboral de personas desempleadas de larga duración.
• Medidas de apoyo a la prolongación del periodo de actividad de los trabajadores con contratos fijos discontinuos en los sectores de turismo y comercio y hostelería vinculados a la actividad turística. Desde el 1 de enero de 2019 y hasta el día 31 de diciembre de 2019.
• Se modifica la regulación del subsidio por desempleo para mayores de 55 años en aspectos como la reducción de la edad de acceso de 55 a 52 años.
• Se regula la cuantía de las prestaciones familiares de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, así como el importe del límite de ingresos para el acceso a las mismas.
• Se incrementan las cuantías mínimas de la pensión contributiva de incapacidad permanente total para menores de 60 años.
• Protección social de las personas trabajadoras en el sector marítimo-pesquero. Se adapta a la nueva regulación sobre prestaciones por ejercicio corresponsable del cuidado del lactante y nacimiento y cuidado del menor.
• Cotización en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios. Se establece una reducción en la cotización a la Seguridad Social durante la situación de inactividad.
• Se amplía el plazo de solicitud de la situación de inactividad de artistas en espectáculos públicos.
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Fuente de la noticia: IBERLEY.